29/05/2025

El presidente de AEFAS comparece en la Junta del Principado para hablar sobre la simplificación administrativa

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El presidente de AEFAS, Íñigo Cabal, compareció el día 29 de mayo de 2025 en la comisión de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo de la Junta General del Principado de Asturias, con el fin de aportar los planteamientos de nuestra asociación en torno al proyecto de ley del Principado de Asturias sobre Régimen Jurídico de la Administración y de Medidas legales sectoriales de simplificación administrativa.

A continuación reproducimos la intervención completa del presidente:

Buenos días,

En primer muchas gracias por permitir comparecer a la asociación asturiana de la empresa familiar, que como bien saben aglutina el 17% del PIB regional y 34.000 empleos. Aunque nuestra representación abarca a toda la empresa familiar que supone el 60% del PIB privado, el 70% del empleo y el 90% de las empresas.

Una vez analizado el proyecto de ley consideramos que es muy mejorable.

La burocracia administrativa existente en cualquier proceso o relación con la administración se ha convertido con el paso de los años en una barrera casi infranqueable para culminar con éxito determinados proyectos. Muchos se caen antes de tiempo porque los tiempos y exigencias de la administración no van acompasados con el ritmo que precisan las inversiones empresariales.

Lo anterior implica pérdidas de recaudación para los ayuntamientos, lastran la inversión y el crecimiento empresarial, y suponen una oportunidad perdida para la creación de empleo. Menos proyectos y menos empleo supondrán menor recaudación por IVA e IRPF para el Principado por lo que sus cuentas también se ven lastradas.

Esta problemática no solo afecta a los administrados, sino que la propia administración la sufre en sus proyectos y plazos.

Existe una concienciación clara en la sociedad y en la propia administración sobre la necesidad de revertir esta inercia tan perjudicial para el crecimiento del Principado de Asturias.

Todo lo expuesto está relacionado con el exceso regulatorio que invade Europa. En España para estar al día en la actualización normativa es preciso leer 700 páginas del BOE al día.

Sin embargo, observamos como este proyecto recoge muchas más reformas que la propia simplificación administrativa. Aprovechando también para adaptar, con mucho retraso, a la legislación básica estatal nuestra ley autonómica. Vamos con años de retraso respecto a dicha adaptación, cuando otras comunidades autónomas ya llevan tiempo adaptando sus sistemas tras haber adaptado la legislación.

A mayores, consideramos que no se le está dando la suficiente importancia a la simplificación administrativa cuando en este texto se recogen muchas otras medidas que disipan el protagonismo que ha de tener la simplificación administrativa. Incluso el título de la ley debería ser Ley de simplificación administrativa.  Si de verdad queremos apostar por la misma, ha de destacarse.

Pero no solo ha de hablarse de la simplificación administrativa de los trámites sino también de la simplificación normativa que nos lleve a racionalizar nuestro ordenamiento jurídico. Esta carta de intenciones, si se tiene, ha de quedar perfectamente reflejada en el texto para iniciar cuanto antes un trabajo largo y tedioso que nos lleve a esa racionalización.

Además, echamos en falta las obligaciones de cara a la administración en cuanto a lo plazos de resolución. Se debe garantizar la resolución de la administración en un plazo razonable y en caso contrario regular el silencio administrativo positivo ante la falta de resolución.

El administrado no es un delincuente por el simple hecho de hacer una solicitud y muchas veces esa sensación se tiene. En un mayor número de procesos consideramos ha de favorecerse la declaración responsable que sin duda rebajaría la carga burocrática en las administraciones.

A mayores y casi con mayor importancia que todo lo anterior, echamos en falta un apartado de la ley referente a la medición de los procesos administrativos.

Todo es medible, y todo lo que no se mide no puede ser objeto de mejora, porque será imposible que cada administración conozca en qué punto se encuentra y cual es su objetivo de mejora.

Por eso y relacionado con lo anterior, proponemos:

  1. Se desarrolle el artículo 20 de la Ley del estatuto básico del empleado público implementando de una vez lo que la ley dice. Es decir, se evalúe el desempeño. Para ello proponemos medir los procesos y utilizar esos resultados como variable principal para medir el mismo.

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Ley del estatuto básico del empleado público. Articulo 20

Artículo 20. La evaluación del desempeño.

1. Las Administraciones Públicas establecerán sistemas que permitan la evaluación del desempeño de sus empleados. La evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados.

2. Los sistemas de evaluación del desempeño se adecuarán, en todo caso, a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación y se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos.

3. Las Administraciones Públicas determinarán los efectos de la evaluación en la carrera profesional horizontal, la formación, la provisión de puestos de trabajo y en la percepción de las retribuciones complementarias previstas en el artículo 24 del presente Estatuto.

4. La continuidad en un puesto de trabajo obtenido por concurso quedará vinculada a la evaluación del desempeño de acuerdo con los sistemas de evaluación que cada Administración Pública determine, dándose audiencia al interesado, y por la correspondiente resolución motivada.

5. La aplicación de la carrera profesional horizontal, de las retribuciones complementarias derivadas del apartado c) del artículo 24 del presente Estatuto y el cese del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso requerirán la aprobación previa, en cada caso, de sistemas objetivos que permitan evaluar el desempeño de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 y 2 de este artículo.

Desde que disponemos de sistemas de medida globalmente aceptados se mide todo. El ser humano sigue desarrollando nuevos sistemas de medida que le permitan obtener datos cada vez más precisos. El “big data” lo invade todo y cada vez es más sencillo implementar sistemas de recogida de datos.

  1. Se dote a la administración de los técnicos y perfiles necesarios para avanzar en la digitalización y en la recogida de datos.
  2. Se dote de recursos para implementar una app accesible a los ciudadanos en la que puedan calificar a las distintas administraciones y evaluar los expedientes en los que se relacionan con las mismas.
  3. Una vez obtenidos los datos se elaboren rankings comparativos entre administraciones con datos como el número de expedientes que tramita cada departamento, la calificación de los expedientes por complejidad de los mismos y la ratio de expedientes por funcionario que cada administración es capaz de despachar.
  4. La información obtenida en el desarrollo de las propuestas anteriores sea publicada y hecha pública para que sea accesible por cualquier administrado o administración y que unas se puedan comparar con otras.

Creemos que la implementación de las herramientas precisas y la dotación de los medios necesarios para cuantificar y obtener todos los datos e información posible ha de ser una de las motivaciones principales para cualquier reforma que se inicie. En este aspecto se podría evaluar la ayuda o capacidad que alguno de los centros tecnológicos existentes en Asturias podría aportar.

Sólo la obtención de datos objetivos propiciará argumentos sólidos y fundamentados para la toma de decisiones. Aportando, también, información para poder evaluar el desempeño y gratificar a los funcionarios en función de ello. Se abrirá así una vía para aumentar su motivación y conseguir una administración mucho más eficiente a la par que eficaz.

Muchas gracias por su atención.